El
Ministerio de Asuntos Exteriores de España,
ha publicado una página web pensada
para las personas que residan en el extranjero
interesadas en la opción a la nacionalidad
española de origen, según
la Ley 52/2007. Asimismo, indica
que quienes residan en España,
pueden dirigirse a la página web
del Registro Civil de su domicilio, o
a la página web de la Dirección
General de los Registros y del Notariado
(DGRN) del Ministerio de Justicia ( la
web del Ministerio de Justicia.) .
Anexo: BOE
Nº 285 de 26/11/2008.
La
página del Ministerio ofrece toda
la información al respecto y permite
solicitar cita previa para la presentación
de la documentación necesaria en
el Consulado General de España
o en la Sección Consular de la
Embajada de España en cuya demarcación
resida. Las preguntas respondidas en dicha
página se reproducen aquí
abajo, al igual que el link para solicitar
cita.
Esta
página del MAE indica que ha sido
elaborada a partir de la Instrucción
de 4 de noviembre de 2008 de la DGRN del
Ministerio de Justicia, sobre el derecho
de opción a la nacionalidad española
establecido en la Disposición Adicional
Séptima de la Ley 52/2007.